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La OIT presenta los logros de la Recomendación n°193, uno de los instrumentos políticos más importantes de las cooperativas

13 de junio de 2016

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) publicó a finales de 2015 la “Historia de la Recomendación nº 193 sobre la Promoción de Cooperativas,” (ahora disponible en español). La Recomendación que se negoció entre 2001 y 2002 fue aprobada en junio de 2002. El informe de la OIT es un estudio del proceso de creación de este instrumento de política internacional, de su aplicación y de su impacto.

La Recomendación nº193 de la OIT sobre la Promoción de Cooperativas, adoptada durante la Conferencia Internacional del Trabajo por la mayoría de los gobiernos, las organizaciones de empleadores y las uniones sindicales en el mundo, ha proporcionado un marco práctico y actual para la elaboración y revisión de las políticas y la legislación cooperativa en más de 100 países de todo el mundo.

La elaboración de esta recomendación requirió mucho esfuerzo, un debate y un consenso entre todos los países involucrados. CICOPA ha jugado un papel central en este esfuerzo; con el fin de llegar a un consenso sobre el texto dentro del movimiento cooperativo y en las negociaciones de Ginebra (véase el artículo de 2003 escrito por Bruno Roelants y publicado en francés en la revista RECMA, sección 3 y su traducción al inglés). Como se explica en este artículo, una docena de representantes de las organizaciones cooperativas obtuvieron la acreditación necesaria para inscribirse como representantes tanto de los gobiernos como de los empleadores o de los sindicatos durante el comité de negociación en la Conferencia Internacional del Trabajo, y se formaron estas tres partes constituyentes de la OIT, con una Comisión especializada sobre cooperativas, que se reunieron de manera informal todos los días para coordinar sus acciones. También se vieron con otros actores (diversos grupos de gobierno, empleadores, sindicatos) durante diversas reuniones donde se negociaron los aspectos clave del texto.

Durante las dos rondas de negociación (la de junio 2001 y la de junio 2002), CICOPA también jugó un papel importante, junto con la ACI-Américas (ahora Cooperativas de las Américas), para llegar al consenso sobre el texto que el movimiento cooperativo quería obtener. Gran parte de éste fue finalmente aprobado en la última ronda de negociaciones en 2002.

La recomendación es un hito muy importante para el movimiento cooperativo internacional. Uno de sus aspectos más importantes es que, como Roelants explica, “el concepto de cooperativa, por primera vez desde su origen a principios del siglo XIX, ha sido reconocido plenamente, oficialmente y de manera inequívoca a nivel mundial, con todo lo necesario y los parámetros suficientes para ser aceptado (…). Al mismo tiempo, a través de esta recomendación, los gobiernos, los sindicatos y los empresarios de la mayor parte de los países del mundo reconocen explícitamente la necesidad de políticas públicas específicas para la promoción de las cooperativas”.

Otro aspecto único de esta recomendación es que es la primera vez desde la creación de la OIT a principios del siglo XX que una organización externa a la red de las Naciones Unidas – la Alianza Cooperativa Internacional – se menciona en uno de sus textos oficiales. De hecho, se menciona la ACI explícitamente en el anexo, donde se explican los siete principios cooperativos en su totalidad como un extracto de la Declaración de la Identidad Cooperativa de la ACI (1995).

Además de los siete principios de cooperación, el texto también incluye la definición de lo que es una cooperativa y de los diez valores cooperativos, ya que se formulan en la Declaración sobre la Identidad Cooperativa. Este es un precedente importante para evitar que otros agentes socioeconómicos traten de imponer a las cooperativas sus propias normas. El texto también reconoce que las cooperativas son empresas particulares que requieren un tratamiento específico.

“Sobre la base de esta evaluación, las cooperativas no sólo se benefician de un marco regulador diferenciado, sino que también deben ser promovidas activamente por “medidas especiales” (art. 5).”, continúa a explicar Roelants. “El texto va tan lejos que indica que esto “debe ser considerado como uno de los pilares del desarrollo económico y social nacional e internacional” (art. 7/1)”.

El texto también deja claro que los gobiernos son los principales responsables de la promoción de las cooperativas; una de las medidas recomendadas es que la educación cooperativa debe ser parte de la educación formal y regular; lo que significa -entre otras cosas- incluir a las cooperativas en el programa escolar.

Ejecución

Una vez adoptada, la Recomendación nº 193 sobre la Promoción de Cooperativas a nivel nacional se llevaron a cabo sesiones y seminarios de capacitación técnica centrados en la política cooperativa y la ley. Fueron iniciativas de las universidades y centros de investigación, de las organizaciones cooperativas y de los gobiernos nacionales. Además, en algunos países de Asia y el Pacífico y África, hubo proyectos de cooperación técnica financiados por ONGs destinados a fortalecer las cooperativas y / o la creación de empleo a través de cooperativas que utilizaban la Recomendación nº 193, entre otros materiales de formación, en las actividades de desarrollo para los representantes de las cooperativas y los responsables políticos.

Hasta la fecha, la recomendación ha demostrado su importancia para los países en sus esfuerzos para proporcionar un entorno propicio y sólido para las empresas cooperativas. En África, por ejemplo, la Unión Africana hace referencia a la Recomendación nº 193 en su labor de reducción de la pobreza y para el desarrollo sostenible. En su cumbre en Ouagadougou de 2004, la Unión Africana mencionó explícitamente el desarrollo de las cooperativas como un requisito clave para la reducción de la pobreza y para el desarrollo sostenible.

Hoy en día, el documento sigue siendo una herramienta funcional para el desarrollo de la legislación y las políticas de cooperación nacional. A medida que los gobiernos y los movimientos cooperativos nacionales se embarquen en una reforma de la legislación cooperativa, el texto y el espíritu de la recomendación seguirán guiando el proceso en todo el mundo.

Historia

El documento no sólo explica lo que sucedió después de la adopción de la recomendación, sino que también incluye en su primera parte la historia y relación entre la OIT y el movimiento cooperativo. Una de las cosas más interesantes que muestra es que Albert Thomas, primer Director de la Oficina Internacional del Trabajo (la Oficina), había trabajado en el movimiento cooperativo francés, y en el momento de su nombramiento era un miembro de la junta de la Alianza Cooperativa Internacional (ACI).

Desde su creación en 1919, la OIT ha reconocido la importancia de las cooperativas como un medio para alcanzar su objetivo de lograr la justicia social y el pleno empleo. La OIT sigue siendo el único organismo especializado de las Naciones Unidas con un mandato explícito sobre las cooperativas. Al centro del mandato de la OIT hay un sistema de normas internacionales sobre el trabajo que promueven las oportunidades para que mujeres y hombres puedan conseguir un trabajo decente y productivo en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad.